Cláusulas Abusivas

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Quien disponga de una hipoteca vigente o la finalizó en los últimos años podría haber sido perjudicado por cláusulas declaradas abusivas mediante sentencias firmes del Tribunal Supremo y el Tribunal de Justicia de la Unión Europea.

Atención: La acción para reclamar cláusulas abusivas no se puede dejar para demasiado tarde ya que existen jueces y magistrados que podrían interpretar la existencia de plazos de prescripción y no que al tratarse de nulidad de pleno derecho es una acción imprescriptible. Es mejor revisar el clausulado de la hipoteca sin dilación para estudiar el plazo, o, aunque esté a punto de terminar según algunos criterios, se pueda interrumpir la prescripción generándose de este modo otro plazo adicional.

Si usted cree que puede encontrarse afectado por alguna cláusula abusiva, y desea confirmar si se le ha cobrado un dinero de más que le pertenece, y/o desea protegerse de la activación en el futuro de este tipo de cláusulas, lo primero que debe hacer es localizar el contrato de préstamo hipotecario firmado ante Notario, porque ahí se encuentran las cláusulas potencialmente abusivas.

En principio, el banco debió entregarnos copias de las escrituras del préstamo hipotecario y la compraventa realizadas ante Notario. También en el caso de novación o subrogación.

Cuando nos disponemos a localizar el escrito que contenga las cláusulas, tenemos que fijarnos en la escritura del contrato de préstamo hipotecario, no en la escritura de compraventa que son dos cosas diferentes.

Nada tienen que ver tampoco los documentos de gestoría, o aquellos sobre el pago de impuestos ni relativos al Registro de la Propiedad. Aunque tanto la gestoría como el Registro de la Propiedad podrán sernos de ayuda cuando algo se haya traspapelado.

En el caso de no localizar lo que buscamos, esto es la escritura de préstamo hipotecario, si conocemos el Notario y la fecha —información que la facilita el banco— se puede solicitar al Notario una copia simple ya que tiene el deber de custodia de las escrituras. Un procedimiento habitual que implica bajo coste para el interesado. El único requisito adicional es acreditar al Notario un interés legítimo en la obtención de la copia. Un firmante de la escritura, o sus representantes, disponen siempre de interés legítimo.

Una vez que ya tenemos en nuestro poder los papeles donde se puedan leer las cláusulas del préstamo hipotecario, el siguiente paso es estudiar su contenido y determinar si existen cláusulas abusivas que perjudiquen al firmante.

El perjuicio puede ser pasado, presente y futuro. El número de cláusulas declaradas abusivas es extenso y requiere de un análisis pormenorizado y casuístico, complicado sin conocimientos técnicos suficientes para revisar jurisprudencia actualizada sobre cláusulas abusivas y cotejar con el registro público de condiciones generales para así identificar todas las que sean, instando su nulidad y en su caso con la devolución de los importes pagados injustamente. Casos frecuentes son las cláusulas suelo o las cláusulas de gastos.

Para el cálculo de cláusulas suelo existen calculadoras que permiten conocer el importe exacto que corresponde al perjudicado.

 

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